
Es acólito el hombre (varón) que ha recibido de la Iglesia el ministerio de servir en el altar y administrar la Eucaristía como ministro extraordinario. El acólito asiste al diácono y al sacerdote al servicio del altar, y ayuda, cuando se le necesite, durante la celebración de la Misa.
El acólito también puede distribuir la Santa Comunión como un ministro extraordinario en la Liturgia Eucarística y a los enfermos. A un acólito se le puede confiar con la exposición pública del Santísimo Sacramento para la adoración, pero no puede dar la bendición. El acólito puede, hasta donde sea necesario, dar las instrucciones a los otros fieles que ayudan al sacerdote o al diácono a llevar el misal, la cruz, las velas y otras funciones semejantes.
El ministerio del acólito es reservado para los hombres únicamente y es conferido por el obispo de la diócesis o, en institutos religiosos clericales, por el superior mayor, de acuerdo a los ritos litúrgicos hechos con este propósito por la Iglesia. Las mujeres podrán ser delegadas para hacer algunas de las funciones de los acólitos.
Es así porque, el acolitado, es una de las ordenes menores que se reciben camino al sacerdocio.
El monaguillo asume algunas de las funciones del acólito pero sin haber recibido esta orden menor. Por extensión y costumbre, en Chile llamamos "acólitos" a quienes, en realidad, tienen este carácter de monaguillo como servidor en el altar durante la Misa, Vísperas, y otras funciones litúrgicas.
Redemptionis Sacramentum, en su párrafo 47 observa: "Es muy loable que se conserve la benemérita costumbre de que niños o jóvenes, denominados normalmente monaguillos, estén presentes y realicen un servicio junto al altar, como acólitos, y reciban una catequesis conveniente, adaptada a su capacidad, sobre esta tarea. No se puede olvidar que del conjunto de estos niños, a lo largo de los siglos, ha surgido un número considerable de ministros sagrados. Institúyanse y promuévanse asociaciones para ellos, en las que también participen y colaboren los padres, y con las cuales se proporcione a los monaguillos una atención pastoral eficaz. [...] A esta clase de servicio al altar pueden ser admitidas niñas o mujeres, según el juicio del Obispo diocesano y observando las normas establecidas".
(Nota del diácono editor)
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